Ayuntamiento de Villariezo (Burgos)
Información pública relativa a la aprobación inicial de la revisión de las Normas Urbanísticas Municipales de Villariezo (Burgos)
BOCYL, 17 de mayo de 2013
La documentación puede consultarse en el siguiente enlace.
Aprobada, inicialmente, la Revisión de las Normas Urbanísticas Municipales, por Acuerdo del Pleno de fecha 2 de mayo de 2013, de conformidad con el artículo 52.5 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, y con los artículos 154 y 155 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, y se somete a información pública, con el siguiente contenido:
- 1. Órgano que acuerda la información pública: PLENO DEL AYUNTAMIENTO.
- 2. Fecha del acuerdo: 2 de MAYO de 2013.
- 3. Instrumento o expediente sometido a información pública: REVISIÓN DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES e INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL.
- 4. Ámbito de aplicación: TÉRMINO MUNICIPAL DE VILLARIEZO, Provincia de BURGOS.
- 5. Identidad del Promotor: AYUNTAMIENTO DE VILLARIEZO.
- 6. Duración del período de información pública: Plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el último de los anuncios preceptivos señalados en el artículo 154.3 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.
- 7. Lugar, horarios y página web dispuestos para la consulta del instrumento o expediente: OFICINAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO, SITUADAS EN LA PLAZA MAYOR N.º 5.- 09195.- VILLARIEZO (BURGOS) y en la página web (http://www.villariezo.burgos.es), SIENDO LA POSIBILIDAD DE CONSULTA TOTAL.
- 8. Lugar y horario dispuestos para la presentación de alegaciones, sugerencias y cualesquiera otros documentos: OFICINAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE VILLARIEZO, SITUADAS EN LA PLAZA MAYOR N.º 5.- 09195.- VILLARIEZO (BURGOS). TELÉFONO: 947-405242. TELEFAX: 947-404126. CORREO ELECTRÓNICO: ayuntamiento@villariezo.es.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Quedan suspendidas las licencias para las siguientes áreas: EN TODO EL ÁMBITO DE PLANEAMIENTO.
La suspensión comienza al día siguiente de la publicación oficial del acuerdo que la produce y se mantiene hasta la entrada en vigor del instrumento de planeamiento que la motiva con un máximo de dos años.